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Gastos de escrituración en Argentina (2026): cuánto cuesta escriturar y quién paga qué

Cuánto cuesta escriturar en CABA y Provincia de Buenos Aires en 2026: impuesto de sellos, escribano, registro y quién paga qué — con las alícuotas vigentes por ley y los tres cambios que la mayoría de las guías todavía no tiene.

Lucas DíazLucas Díaz

Escriturar en 2026 es más barato de lo que dicen la mayoría de las guías que vas a encontrar, porque casi todas están desactualizadas. Tres cambios grandes: el ITI está derogado desde 2024, el impuesto cedular del 15% quedó exento para ventas desde el 1/1/2026, y Provincia bajó Sellos al 2%. Acá va el detalle completo con las normas vigentes, para CABA y Provincia de Buenos Aires. Valores al 3/10/2026.

Los tres cambios que los blogs todavía no tienen

CABA: qué se paga (Ley 6927, vigente 2026)

ConceptoCuántoQuién lo paga
Impuesto de Sellos3,5% sobre el mayor entre precio y valuación de referencia. Baja a 2,7% si la operación es de hasta $226.100.000Mitades entre comprador y vendedor (costumbre); lo retiene el escribano
Sellos — vivienda única$0 hasta $226.100.000: la compra de vivienda única, familiar y de ocupación permanente está exenta hasta ese monto; si lo supera, se paga solo sobre el excedente—
Inscripción en el Registro (RPI)1‰ (uno por mil) del monto de la operación + minuta $15.000Comprador
Certificados del Registro (dominio + inhibiciones)$12.000 + $3.000 (valores de la tabla oficial, actualizados varias veces al año)Vendedor
Escribano1% a 2% + IVA (rango de mercado: el arancel está desregulado, no hay tarifa oficial) + gastos de diligenciasComprador (la escritura de compra); el vendedor paga el estudio de títulos si se pacta así

Además, desde 2026 CABA eliminó el sellos del 1% sobre créditos hipotecarios para vivienda única, según informó el Colegio de Escribanos porteño al difundir el paquete fiscal 2026.

Provincia de Buenos Aires: qué se paga (Ley 15.558, vigente 2026)

ConceptoCuántoQuién lo paga
Impuesto de Sellos — escritura2% sobre el mayor entre precio y valuación fiscal ajustadaMitades por costumbre (en la práctica, muchas operaciones lo cargan al comprador)
Sellos — boleto de compraventa1,2% (después se computa contra el de la escritura)Según pacto
Sellos — hipoteca1,8%; exento el crédito para vivienda única de hasta $251.281.250Comprador/deudor
Inscripción en el Registro (RPBA)2‰ del mayor entre precio y valuación ajustada (mínimo $42.000)Comprador
Certificado de dominio$27.800 (trámite simple)Vendedor
Escribano1% a 2% + IVA (rango de mercado, sin arancel oficial)Comprador

Un detalle que las guías suelen vender mal: la exención de Sellos por vivienda única en PBA existe, pero aplica con valuación fiscal de hasta $1.154.400 — un tope tan bajo que en la práctica casi ninguna operación urbana califica. No cuentes con ella.

La comisión inmobiliaria

Quién paga qué: la regla de fondo

El Código Civil y Comercial trae la división por defecto (se puede pactar distinto): el vendedor carga con los gastos de entrega y de obtención de los instrumentos de la venta — en inmuebles, incluye el estudio de títulos y los certificados (art. 1138); el comprador paga el testimonio de la escritura y todo lo posterior a la venta — honorarios de la escritura e inscripción en el Registro (art. 1141). El impuesto de sellos es solidario entre las partes y la costumbre es dividirlo por mitades.

Ejemplo ilustrativo (CABA, 2026)

Departamento de $200.000.000, comprador que lo destina a vivienda única:

El mismo departamento comprado como inversión (no vivienda única): suma sellos de 2,7% = $5.400.000, por costumbre mitades entre las partes. La diferencia entre calificar o no como vivienda única es, lejos, el número más grande de la cuenta.

Preguntas frecuentes

¿El vendedor paga Ganancias o ITI por vender su propiedad?

A octubre de 2026, no: el ITI está derogado (Ley 27.743) y el cedular del 15% quedó exento para ventas de personas humanas desde el 1/1/2026 (Ley 27.802). Las sociedades sí siguen tributando por sus resultados.

¿Cuánto cuesta escriturar en total?

Como regla rápida en 2026: el comprador de vivienda única en CABA gasta en torno al 1,5-2,5% del valor (escribano + registro, sin sellos); sin la exención, sumá el sellos que corresponda (2,7% o 3,5% en CABA, 2% en PBA, por mitades). Más la comisión inmobiliaria de cada parte.

¿Estos valores cambian?

Sí: las leyes impositivas se votan cada año y las tasas registrales se actualizan varias veces por año. Este artículo cita las normas vigentes a octubre de 2026 (abajo están todas); ante una operación concreta, el número final lo cierra tu escribano.

De dónde salen los datos

Alícuotas y montos tomados de las normas vigentes al 3/10/2026: Ley 6927 (Ley Impositiva CABA 2026) y AGIP para Sellos CABA; Ley 15.558 (Ley Impositiva PBA 2026) y guía de tasas 2026 del RPBA; Decreto 902/2024 y tabla de valores de la DNRPI para el Registro de Capital; Ley 27.743 (derogación del ITI); Ley 27.802 y Decreto 406/2026 (exención del cedular); Ley 2340 (CABA) y Ley 10.973 (PBA) para comisiones; Código Civil y Comercial arts. 1138 y 1141. Los honorarios de escribano son rango de mercado: no existe arancel oficial. Si encontrás un dato desactualizado, escribinos a soporte@fichai.com y lo corregimos.

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